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Modelo 210 venta no residente: guía práctica 2026

10 de agosto de 2026·Equipo AppInmosoft
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Modelo 210 venta no residente: guía práctica 2026

Vender un piso en España cuando vives en Berlín, Londres o Buenos Aires tiene sus particularidades fiscales. La más importante: el modelo 210, que sirve para declarar tanto la retención del 3% que te aplicará el comprador como la ganancia patrimonial (o pérdida) de la venta. En agosto de 2026, estos trámites siguen siendo obligatorios para no residentes, y equivocarse puede salir caro.

Qué es el modelo 210 y por qué es obligatorio

El modelo 210 es el formulario que utilizan los no residentes fiscales en España para declarar rentas obtenidas en territorio español sin establecimiento permanente. Esto incluye ganancias patrimoniales por venta de inmuebles, alquileres, rendimientos de capital mobiliario y otros ingresos puntuales.

Cuando vendes un inmueble en España siendo no residente, tienes dos obligaciones fiscales separadas con este modelo:

  • Declarar la retención del 3% que el comprador debe ingresar en Hacienda (modelo 211) en el plazo de un mes desde la compraventa.
  • Declarar la ganancia o pérdida patrimonial real de la venta, liquidando el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en el plazo de cuatro meses desde la fecha de transmisión.

Ambas presentaciones son obligatorias aunque no haya ganancia o aunque el comprador ya haya retenido el 3%. La AEAT cruza datos con notarías y registros de la propiedad, por lo que es prácticamente imposible pasar desapercibido.

La retención del 3%: qué es y quién la paga

Desde el 1 de enero de 2007 (Ley 35/2006 del IRPF), el comprador de un inmueble debe retener el 3% del precio de compraventa si el vendedor es no residente fiscal en España. Este porcentaje se ingresa directamente en Hacienda mediante el modelo 211 en el plazo de un mes desde la firma de la escritura pública.

Por ejemplo: si vendes un apartamento en Málaga por 250.000 euros, el comprador retendrá 7.500 euros (3% de 250.000) y los ingresará en la AEAT. Tú recibirás 242.500 euros netos. Esa retención no es el impuesto final, sino un pago a cuenta.

El vendedor no residente debe presentar después el modelo 210 en el plazo de cuatro meses para calcular la ganancia real (precio de venta menos precio de compra actualizado, menos gastos y mejoras). Si la ganancia es menor que ese 3%, Hacienda te devolverá la diferencia; si es mayor, tendrás que pagar el exceso.

Tipos impositivos del IRNR en 2026

La ganancia patrimonial tributa en el IRNR a tipos fijos, sin tramos progresivos:

  • 19% para residentes en la Unión Europea, Islandia, Noruega o Liechtenstein.
  • 24% para residentes en terceros países (América Latina, Asia, África, resto del mundo).

Estos tipos se aplican sobre la ganancia neta: precio de venta menos precio de compra actualizado con coeficientes de abatimiento (solo si compraste antes del 31 de diciembre de 1994) y menos gastos y mejoras probados con factura.

Ejemplo práctico: compras un piso en Valencia en 2015 por 180.000 euros, inviertes 15.000 euros en reforma con factura, y lo vendes en julio de 2026 por 250.000 euros. Ganancia patrimonial: 250.000 - 180.000 - 15.000 = 55.000 euros. Si resides en Francia (UE), pagarás 19% de 55.000 = 10.450 euros. El comprador ya retuvo 7.500 euros (3% de 250.000), así que tendrás que ingresar 2.950 euros adicionales al presentar el modelo 210.

Plazos para presentar el modelo 210

Tienes cuatro meses naturales desde la fecha de la escritura de compraventa para presentar el modelo 210 y pagar (o solicitar devolución) la diferencia entre la retención del 3% y el IRNR real. Este plazo es imperativo; superarlo implica recargos e intereses de demora.

Si la venta se formalizó el 15 de marzo de 2026, el plazo vence el 15 de julio de 2026. La presentación se hace telemáticamente con certificado digital o Cl@ve PIN, o presencialmente en oficinas de la AEAT si no tienes medios electrónicos.

Atención: el modelo 210 también se usa para declarar imputaciones de rentas inmobiliarias (segunda residencia sin alquilar) y rendimientos de alquileres, pero con presentación trimestral (modelo 210 trimestral) o anual según el caso. La ganancia patrimonial por venta es una declaración separada, puntual.

Cómo rellenar el modelo 210 para una venta

El formulario pide:

  • Datos del vendedor (NIF/NIE, nombre, domicilio fiscal en el extranjero).
  • Datos del inmueble (referencia catastral, dirección, fecha de compra y venta).
  • Precio de adquisición actualizado y gastos inherentes (notaría, registro, ITP al comprar).
  • Mejoras y gastos de venta (notaría, plusvalía municipal, comisión de agencia si la hubo).
  • Precio de venta y retención del 3% ya ingresada (aportar copia del modelo 211).

El resultado es la base imponible (ganancia neta), sobre la que aplicas el 19% o 24%. Si la retención del 3% fue superior, Hacienda te devolverá el exceso en unos 6-12 meses. Si fue inferior, pagas la diferencia en el momento de presentar el modelo 210.

Importante: si vendiste con pérdida (precio de venta inferior al de compra actualizado), presentas igualmente el modelo 210 con cuota cero para justificar que no debes impuesto. No hacerlo puede generar requerimientos.

Errores frecuentes y cómo evitarlos

El error más común es no presentar el modelo 210 en plazo, confiando en que la retención del 3% ya cubrió todo. En muchos casos la ganancia real es superior, y Hacienda lo detecta tarde, reclamando con recargos del 5% al 20% más intereses de demora.

Otro fallo habitual: no actualizar el precio de compra con los coeficientes de abatimiento si compraste antes de 1995, o no deducir las mejoras con factura. Esto infla artificialmente la ganancia y pagas de más.

Para evitar líos, guarda todas las facturas de reformas, notaría, registro, ITP y plusvalía municipal. Si usas una inmobiliaria profesional, como las que gestionan sus operaciones con AppInmosoft, el CRM puede almacenar estos documentos vinculados a cada propiedad, facilitando la presentación fiscal posterior.

¿Qué pasa si no presentas el modelo 210?

La AEAT tiene cuatro años para reclamar. Si detecta la venta (cruce con notarías, Registro de la Propiedad, catastro) y no hay declaración, emitirá una liquidación provisional con recargos del 20% más intereses de demora. En casos de ocultación dolosa, puede abrir expediente sancionador con multas del 50% al 150% de la cuota dejada de ingresar.

Además, si eres propietario de varios inmuebles en España, la falta de declaración de una venta puede activar inspecciones sobre el resto de rentas (alquileres, imputaciones), complicando tu situación fiscal global.

Herramientas y recursos para no residentes

Si eres propietario no residente y vendes, necesitas calcular la ganancia patrimonial con precisión. Nuestro valorador gratuito AppInmosoft integra datos oficiales del Ministerio de Vivienda, SERPAVI e INE para estimar el valor de mercado actualizado, dato clave para saber si tu precio de venta es razonable y planificar la tributación.

Las inmobiliarias que operan con no residentes (Costa del Sol, Alicante, Baleares, Canarias) usan AppInmosoft para llevar un registro de escrituras, retenciones del 3% y plazos del modelo 210, evitando que sus clientes incurran en sanciones. El CRM permite automatizar recordatorios de plazos fiscales y adjuntar documentación escaneada a cada ficha de inmueble.

Para declarar, necesitarás certificado digital o Cl@ve PIN. Si no tienes, puedes autorizarlo mediante apoderado (gestor, abogado, familiar residente en España con poder notarial).

Convenios de doble imposición

España tiene convenios para evitar la doble imposición con más de 90 países. Si resides en uno de ellos (Alemania, Francia, Reino Unido, Argentina, Chile, etc.), el IRNR pagado en España se puede deducir del impuesto sobre ganancias de capital en tu país de residencia, o viceversa según el convenio.

Consulta el texto del convenio bilateral en la web de la AEAT o con un asesor fiscal internacional. En algunos casos (Reino Unido, Alemania), la ganancia puede tributar exclusivamente en el país de residencia, pero España mantiene el derecho a retener el 3% como pago a cuenta, recuperable luego mediante devolución.

Automatiza tu inmobiliaria con AppInmosoft

Si gestionas ventas con propietarios no residentes, AppInmosoft te permite centralizar documentación fiscal, automatizar recordatorios de plazos del modelo 210 y mantener un pipeline de leads actualizado con integración a portales inmobiliarios. Usa nuestro valorador gratuito para atraer propietarios y ofrece un servicio completo desde la captación hasta la firma. Consulta nuestros planes con licencia permanente para agencias multi-usuario.

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